Al fin, una de las reivindicaciones de Fenamix ha sido aceptada.
Nuestra lucha se centraba en la eliminación del gravamen especial sobre los juegos de Loterías y Apuestas del Estado o en su caso el incremento de la cantidad mínima exenta de este gravamen del 20 %.
Después de diferentes reuniones con los grupos políticos, Partido Popular, Ciudadanos y Partido Socialista, con el Director General de Tributos y con el Director General de Ordenación del Juego, hoy día 4 de julio de 2018, se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la Ley 6/2018, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, que será aplicable a todos los juegos desde el día 5 de julio de 2018.
Reunión con D. Alberto García Valera. Director General de Tributos
Artículo 67. Gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas.
Con efectos desde la entrada en vigor de esta Ley y vigencia indefinida, se introducen
las siguientes modificaciones en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio:
Uno. Se modifica el apartado 2 de la disposición adicional trigésima tercera, que queda redactado de la siguiente forma:
«2. Estarán exentos del gravamen especial los premios cuyo importe íntegro sea igual o inferior a 40.000 euros. Los premios cuyo importe íntegro sea superior a 40.000 euros se someterán a tributación respecto de la parte del mismo que exceda de dicho importe.
Lo dispuesto en el párrafo anterior será de aplicación siempre que la cuantía del décimo, fracción o cupón de lotería, o de la apuesta efectuada, sea de al menos 0,50 euros. En caso de que fuera inferior 0,50 euros, la cuantía máxima exenta señalada en el párrafo anterior se reducirá de forma proporcional.
En el supuesto de que el premio fuera de titularidad compartida, la cuantía exenta prevista en los párrafos anteriores se prorrateará entre los cotitulares en función de la cuota que les corresponda.»
Dos. Se añade una disposición transitoria trigésima quinta, que queda redactada de la siguiente forma:
«Disposición transitoria trigésima quinta. Cuantía exenta del gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas en los ejercicios 2018 y 2019.
Los premios derivados de juegos celebrados con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, estarán exentos del gravamen especial en la cuantía prevista en el apartado 2 de la disposición adicional trigésima tercera de esta Ley en su redacción vigente a 31 de diciembre de 2017.
Dicha cuantía será de 10.000 euros para los premios derivados de juegos celebrados en el período impositivo 2018 a partir de la entrada en vigor de la citada Ley, y de 20.000 euros para los premios derivados de juegos celebrados en el período impositivo 2019.»
Esta modificación, no afecta a los premios de juegos que se hayan celebrado antes del día de entrada en vigor de la Ley, que continuarán con el mínimo exento de 2.500 € (por décimo o apuesta) hasta el vencimiento del plazo de caducidad de 3 meses.
Desde el 5 de julio al 31 de diciembre de 2018, el importe mínimo exento del 20 % será de 10.000 €.
Del 1 enero al 31 de diciembre de 2019, el importe mínimo exento del 20 % será de 20.000 €
A partir del 1 de enero de 2020, el importe mínimo exento del 20 % será de 40.000 €.
Fenamix se reunió con D. Francisco de la Torre, Diputado de Ciudadanos.
Desde Fenamix vamos a seguir luchando para ir consiguiendo nuestros objetivos y reivindicaciones para seguir mejorando en nuestro colectivo.
Fenamix somos todos.