La Junta de Andalucía, en su Orden de 8 de noviembre de 2020, que entrará en vigor a las 00:00h del día 10 de noviembre, ha aprobado una batería de medidas de carácter extraordinario con el fin de contener la propagación del COVID-19. En este sentido, destacamos, a continuación, las medidas más destacables y con especial incidencia en nuestros puntos de venta, y que varían en función del territorio:
Para la provincia de Granada (grado 2):
- Se suspende, para la provincia de Granada, la apertura al público de los grandes establecimientos comerciales, así como el resto de establecimientos minoristas, con las siguientes excepciones: alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad; prensa; librería; papelería; estancos; entre otras actividades (ver Orden)
- Se suspenden todas las actividades de restauración y hostelería, tanto en interiores como en terrazas, salvo las siguientes excepciones: Entrega a domicilio; servicios de restauración integrados en centros sanitarios; entre otras (ver Orden)
Así, los puntos de venta Mixtos con actividad principal de restauración tendrán que permanecer cerrados desde las 00:00h del día 10 de noviembre. Por su parte, podrán permanecer abiertos aquellos puntos de venta con actividad principal recogida en la lista de excepciones que detalla la referida Orden (papelería, prensa, librería, estancos…)
Para el resto del territorio de Andalucía (grado 1):
- Se establece, con carácter general, una limitación horaria a la apertura de los comercios minoristas, incluidos los establecimientos de restauración.
- No obstante, quedarán exceptuadas de dicha limitación horaria las siguientes actividades o establecimientos: La actividad industrial; alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad; centros sanitarios; clínicas veterinarias; servicios de entrega a domicilio; servicios profesionales; etc. (Ver Orden)
Por tanto, la amplísima mayoría de nuestros puntos de venta Mixtos (hostelería; prensa; papelería; estancos…) podrán estar abiertos al público, con la salvedad de estar sujetos a la limitación horaria de las 18 horas.
En todo caso, desde FENAMIX estamos trabajando para que nuestros puntos de venta Mixtos puedan estar abiertos al público (y operar con el terminar de juegos), pese a tener la actividad principal suspendida o cerrada temporalmente.
La Asesoría Jurídica de FENAMIX