Desde la Federación queremos que los asociados tengan voz, queremos ayudar a dar visibilidad a su día a día. Desde Fenamix hemos creado una sección para hacerlo posible. A través del formulario de la web o en nuestro correo de la secretaria@fenamix.org, puedes enviarnos colaboraciones, noticias, eventos… lo que consideres que debemos conocer o comunicar.
Todo lo que recibamos se comprobara y si cumple las condiciones de publicación se os comunicara, si por cualquier razón no cumple el estándar mínimo exigido, contactaremos con vosotros y solucionaremos lo necesario para poder ser publicado.
Esperamos vuestros mensajes.

El Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19, crea una línea de ayudas directas a autónomos (empresarios y profesionales) y empresas para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado.
Estas ayudas deberán emplearse para satisfacer deudas con proveedores y acreedores y para costear los gastos fijos de la actividad, siempre que éstos se hayan devengado entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021 y procedan de contratos anteriores al 13 de marzo de 2021.
Se considerarán destinatarios de estas ayudas directas los empresarios o profesionales y entidades adscritas a los sectores definidos en el Anexo I del RD-ley 5/2021, y cuyo volumen de operaciones anual en 2020 haya caído más de un 30% con respecto a 2019 (a excepción de los autónomos que tributen por módulos, que bastará que ejerzan actividades definidas en el citado Anexo I de la norma)
Serán las CC.AA. las que establecerán los criterios para la cuantificación de las ayudas, con los siguientes límites:
- 3.000 euros cuando se trate de empresarios o profesionales en régimen de estimación objetiva (módulos)
- Para el resto de empresarios y profesionales, la ayuda no podrá ser inferior a 4.000 euros ni superior a 200.000 euros.
Anexo I RD-ley 5/2021
ANEXO I
CNAE-2009 | Descripción actividad |
0710 | Extracción de minerales de hierro. |
1052 | Elaboración de helados. |
1083 | Elaboración de café, té e infusiones. |
1101 | Destilación, rectificación y mezcla de bebidas alcohólicas. |
1103 | Elaboración de sidra y otras bebidas fermentadas a partir de frutas. |
1413 | Confección de otras prendas de vestir exteriores. |
1419 | Confección de otras prendas de vestir y accesorios. |
1420 | Fabricación de artículos de peletería. |
1439 | Confección de otras prendas de vestir de punto. |
1811 | Artes gráficas y servicios relacionados con las mismas. |
1812 | Otras actividades de impresión y artes gráficas. |
1813 | Servicios de pre-impresión y preparación de soportes. |
1814 | Encuadernación y servicios relacionados con la misma. |
1820 | Reproducción de soportes grabados. |
2051 | Fabricación de explosivos. |
2441 | Producción de metales preciosos. |
2670 | Fabricación de instrumentos de óptica y equipo fotográfico. |
2731 | Fabricación de cables de fibra óptica. |
3212 | Fabricación de artículos de joyería y artículos similares. |
3213 | Fabricación de artículos de bisutería y artículos similares. |
3316 | Reparación y mantenimiento aeronáutico y espacial. |
3530 | Suministro de vapor y aire acondicionado. |
4616 | Intermediarios del comercio de textiles, prendas de vestir, peletería, calzado y artículos de cuero. |
4617 | Intermediarios del comercio de productos alimenticios, bebidas y tabaco. |
4624 | Comercio al por mayor de cueros y pieles. |
4634 | Comercio al por mayor de bebidas. |
4636 | Comercio al por mayor de azúcar, chocolate y confitería. |
4637 | Comercio al por mayor de café, té, cacao y especias. |
4638 | Comercio al por mayor de pescados y mariscos y otros productos alimenticios. |
4639 | Comercio al por mayor, no especializado, de productos alimenticios, bebidas y tabaco. |
4644 | Comercio al por mayor de porcelana, cristalería y artículos de limpieza. |
4648 | Comercio al por mayor de artículos de relojería y joyería. |
4719 | Otro comercio al por menor en establecimientos no especializados. |
4724 | Comercio al por menor de pan y productos de panadería, confitería y pastelería en establecimientos especializados. |
4725 | Comercio al por menor de bebidas en establecimientos especializados. |
4741 | Comercio al por menor de ordenadores, equipos periféricos y programas informáticos en establecimientos especializados. |
4751 | Comercio al por menor de textiles en establecimientos especializados. |
4762 | Comercio al por menor de periódicos y artículos de papelería en establecimientos especializados. |
4771 | Comercio al por menor de prendas de vestir en establecimientos especializados. |
4772 | Comercio al por menor de calzado y artículos de cuero en establecimientos especializados. |
4777 | Comercio al por menor de artículos de relojería y joyería en establecimientos especializados. |
4782 | Comercio al por menor de productos textiles, prendas de vestir y calzado en puestos de venta y en mercadillos. |
4789 | Comercio al por menor de otros productos en puestos de venta y en mercadillos. |
4799 | Otro comercio al por menor no realizado ni en establecimientos, ni en puestos de venta ni en mercadillos. |
4931 | Transporte terrestre urbano y suburbano de pasajeros. |
4932 | Transporte por taxi. |
4939 | Tipos de transporte terrestre de pasajeros n.c.o.p. |
5010 | Transporte marítimo de pasajeros. |
5030 | Transporte de pasajeros por vías navegables interiores. |
5110 | Transporte aéreo de pasajeros. |
5221 | Actividades anexas al transporte terrestre. |
5222 | Actividades anexas al transporte marítimo y por vías navegables interiores. |
5223 | Actividades anexas al transporte aéreo. |
5510 | Hoteles y alojamientos similares. |
5520 | Alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia. |
5530 | Campings y aparcamientos para caravanas. |
5590 | Otros alojamientos. |
5610 | Restaurantes y puestos de comidas. |
5621 | Provisión de comidas preparadas para eventos. |
5629 | Otros servicios de comidas. |
5630 | Establecimientos de bebidas. |
5813 | Edición de periódicos. |
5914 | Actividades de exhibición cinematográfica. |
7420 | Actividades de fotografía. |
7711 | Alquiler de automóviles y vehículos de motor ligeros. |
7712 | Alquiler de camiones. |
7721 | Alquiler de artículos de ocio y deportivos. |
7722 | Alquiler de cintas de vídeo y discos. |
7729 | Alquiler de otros efectos personales y artículos de uso doméstico. |
7733 | Alquiler de maquinaria y equipo de oficina, incluidos ordenadores. |
7734 | Alquiler de medios de navegación. |
7735 | Alquiler de medios de transporte aéreo. |
7739 | Alquiler de otra maquinaria, equipos y bienes tangibles n.c.o.p. |
7911 | Actividades de las agencias de viajes. |
7912 | Actividades de los operadores turísticos. |
7990 | Otros servicios de reservas y actividades relacionadas con los mismos. |
8219 | Actividades de fotocopiado, preparación de documentos y otras actividades especializadas de oficina. |
8230 | Organización de convenciones y ferias de muestras. |
8299 | Otras actividades de apoyo a las empresas. |
9001 | Artes escénicas. |
9002 | Actividades auxiliares a las artes escénicas. |
9004 | Gestión de salas de espectáculos. |
9102 | Actividades de museos. |
9103 | Gestión de lugares y edificios históricos. |
9104 | Actividades de los jardines botánicos, parques zoológicos y reservas naturales. |
9200 | Actividades de juegos de azar y apuestas. |
9311 | Gestión de instalaciones deportivas. |
9313 | Actividades de los gimnasios. |
9319 | Otras actividades deportivas. |
9321 | Actividades de los parques de atracciones y los parques temáticos. |
9329 | Otras actividades recreativas y de entretenimiento. |
9523 | Reparación de calzado y artículos de cuero. |
9525 | Reparación de relojes y joyería. |
9601 | Lavado y limpieza de prendas textiles y de piel. |
9604 | Actividades de mantenimiento físico. |
Desde Fenamix, su Junta Directiva y en nombre del colectivo, queremos felicitar a todas las mujeres empresarias que día a día estáis al frente de vuestro negocio. Nos unimos en el reconocimiento y el apoyo en el día de la Mujer, que no se quede solo en un día, sino que esté presente todos los días del año, en el trabajo, la familia y en la vida cotidiana.
Por todo lo que hacéis, desearos un feliz día de la mujer.

A instancia del Presidente de FENAMIX, te informo que la Xunta de Galicia ha empezado el trámite de elaboración de una Ley que regule el juego en su territorio autonómico (actualmente en fase de anteproyecto-borrador).
El ámbito de aplicación de esa ley, su borrador, en el artículo 2 2º f), establece, claramente, que quedan excluidos de la aplicación de esta ley, las apuestas deportivo benéficas y los juegos reservados a la Administración del Estado; es decir los juegos gestionados por SELAE y LA ONCE.
Por su parte, el artículo 14 7º, establece que no es exigible la autorización de juegos de la Comunidad de Galicia, a los establecimientos abiertos al publico que vendan juegos de SELAE.
Entendemos que, esta Ley, en nada afectará a la red de ventas de SELAE, ya que dichos establecimientos estarán fuera de la normativa autonómica gallega del juego. SELAE podrá convocar concursos para seguir abriendo puntos de venta de su red, en toda la geografía del Estado y FENAMIX, tendrá que vigilar que esos nuevos puntos, no afecten a los existentes.
La queja del sector de los operadores del juego privado en Galicia, es que quieren que la ley prohíba el que se puedan instalarse puntos de ventas de SELAE y ONCE en los bares y hostelería en general. Esta limitación no es posible, porque los juegos de SELAE son de reserva estatal y no transferidos a las Comunidades Autónomas.
Es cuanto creo conveniente informar.
Saludos,
Jose Luis Dominguez
Asesoría Jurídica
Desde Fenamix, queremos presentaros el nuevo organigrama de la Junta directiva, con el fin de facilitar la comunicación y el trabajo con todas nuestras asociaciones y socios.

Estamos realizando profundos cambios en la gestión de la secretaría para agilizar la comunicación a todos los niveles, os iremos informando de los progresos.
Como siempre, podéis poneros en contacto a través del email secretaria@fenamix.org para que vuestra solicitud sea derivada al departamento correspondiente.
La federación de puntos de venta de lotería renueva su junta directiva
La nueva junta directiva está presidida por Josep Antoni Vallori Cifres, de la Asociación de Baleares – El malagueño Francisco José Pérez Segovia está como secretario
La Federación Nacional de Puntos de Ventas Mixtos de Loterías y Apuestas del Estado (Fenamix) ha renovado su junta directiva tras las elecciones celebradas el pasado 21 de febrero. La asamblea donde se celebraron las elecciones estuvo presidida por Juan Antonio Castellano Sanz, presidente de Fenamix desde 2011 y que no se presentaba a la reelección.
La nueva junta directiva está presidida por Josep Antoni Vallori Cifres, de la Asociación de Baleares, que va acompañado como vicepresidentes por José María Herrador Rojo (Asociación de Madrid) y Consolación Millán Bermúdez (Asociación de Pontevedra), además del malagueño Francisco José Pérez Segovia como secretario y Jorge Sanz López, de la Asociación de Valencia, como tesorero. Como vocales, la junta contará con Orlando Maestro Ramos (Asociación de La Rioja), Lydia Esther Montesdeoca Ceballos (Asociación de Las Palmas), Tomás Aroca Donate (Asociación de Albacete), José Alfonso Valverde Morilla (Asociación de Granada), Manuel Anibal Nieto Martín (Asociación de Salamanca), Maximiano Álvarez Osambela (Asociación de Asturias), Laura Esther Sánchez Lumeras (Socia Asociación de Cáceres) y Francesc Xavier Roig Alemany (Asociación de Barcelona).
Fuente: La Opinión de Málaga
El pasado domingo 21 de febrero, tuvo lugar la Asamblea General ordinaria de Fenamix, celebrándose por primera vez de forma telemática, de conformidad con el art. 3 2º del Real Decreto-ley 24/2020, de 17 de noviembre.
Todo el proceso de votación de los distintos puntos del día se realizó a través de la plataforma WeVote, que cuenta con la certificación de la Unión Europea.
La Asamblea se celebró con la asistencia de 39 provincias representadas, siendo esto el 92,85% del total de las provincias con representación actualmente.
Juan Antonio Castellano efectuó un detallado informe sobre la gestión de la Junta Directiva en 2.019 y los puntos que más afectan y preocupan al colectivo. Siendo de la misma manera presentados los siguientes puntos del acta y aprobados, tanto las cuentas del ejercicio, como los presupuestos del 2.020, así como las cuentas de la Gestora comercial de los Mixtos de 2.019.
En el 7 punto del orden del día, se llevaron a cabo las elecciones de la nueva Junta directiva de la Federación, siendo los resultados de 31 votos (59,62 %) a favor de la candidatura encabezada por D. Josep Antoni Vallori Cifres y de 21 votos (40,38 %) a favor de la candidatura encabezada por D. Mauro Germinario Lorenzo, posteriormente se llevo a cabo la toma de posesión de la nueva Junta Directiva elegida al efecto.
La composición de la nueva Junta Directiva de Fenamix, queda compuesta de la siguiente forma:
JUNTA DIRECTIVA:
Presidente: Josep Antoni Vallori Cifre
Vicepresidente 1º: José Mª Herrador Rojo
Vicepresidenta 2º: Consolación Millán Bermúdez (Pontevedra)
Secretario: Francisco José Pérez Segovia (Málaga)
Tesorero: Jorge C. Sanz (Valencia)
Orlando Maestro Ramos (La Rioja)
Lydia Esther Montesdeoca Ceballos (Las Palmas)
Tomas Aroca Donate (Albacete)
José Alfonso Valverde Morilla (Granada)
Manuel Anibal Nieto Martín (Salamanca)
Maximiano Álvarez Osambela (Asturias
Laura Esther Sánchez Lumeras (Cáceres)
Francesc Xavier Roig Alemany (Barcelona)

CONVOCATORIA DE ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE LA FEDERACION NACIONAL DE RECEPTORES MIXTOS (FENAMIX)
Por la presente, le convoco a la Asamblea General Ordinaria de esta Federación, que se celebrará por videoconferencia y votación mediante la conexión telemática de los convocados, el próximo día 21 de febrero de 2021, a las 9:30 horas, en primera convocatoria y a las 10:00 horas en segunda, con el siguiente:
ORDEN DEL DÍA
- Lectura y aprobación, si procede, del acta de la sesión anterior de fecha 20/01/2019.
- Informe de Gestión de la Junta Directiva Ejercicio 2019.
- Aprobación, si procede, de las Cuentas de la Federación (FENAMIX) del Ejercicio 2019.
- Presupuestos de la Federación (FENAMIX) Ejercicio 2020.
- GESTORA COMERCIAL DE LOS MIXTOS S.L.U. (GECOMIX). Informe sobre Cuentas Ejercicio 2019.
- Elección de dos interventores de cuentas.
- Celebración de elecciones a Junta Directiva de Fenamix.
- Toma de posesión de la nueva Junta Directiva elegida al efecto.
Sevilla a 5 de febrero de 2021
Juan Antonio Castellano Sanz
– Presidente –
NOTAS:
- La Asamblea se celebrará por videoconferencia, de conformidad con el art.3 2º del Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre.
- Acompañamos a la presente convocatoria las dos candidaturas a Junta Directiva (Punto 6º) presentadas en tiempo y forma, tras la preceptiva convocatoria realizada y proclamadas el 11 de marzo de 2020, de conformidad con los estatutos vigentes.
- Acompañamos documento/modelo de otorgamiento de representación. En el caso de que los asociados decidan otorgar su representación para asistencia a la Asamblea, el documento de representación deberá remitirse a la Secretaría de la Federación antes del 17 de febrero de 2021.
- Acompañamos normas funcionamiento asistencia y derecho a voto en la Asamblea.
- La documentación que servirá de base a los puntos del Orden del Día, están en la secretaría de esta Federación, a disposición de los asociados, a lo que se les enviará previa solicitud al efecto
- La plataforma por la que se celebrará la Asamblea y votación de los distintos puntos del orden del día, será WEVOTE. En los próximos días recibirá información detallada del funcionamiento del sistema le asesoraremos de todas las cuestiones que nos plantee para facilitarle el acceso telemático a la sesión.

AMPLIACIÓN DE LA PRESTACIÓN POR CESE DE ACTIVIDAD PARA AUTÓNOMOS
Estimados socios:
El Gobierno, con la aprobación del RD-ley 2/2021, vuelve a introducir la posibilidad de que los autónomos afectados por la suspensión de las actividades como consecuencia de las medidas de contención adoptadas por las autoridades sanitarias, puedan acceder a la prestación extraordinaria por cese de actividad, así como aquellos que, no siendo afectados por las medidas de suspensión, han sufrido una importante bajada en sus ingresos.
En este sentido, nuestros puntos mixtos que hayan tenido que suspender la apertura de su negocio por las medidas de contención adoptadas (hostelería, por ejemplo), podrán tener derecho a una prestación económica a partir del 1 de febrero de 2021 y siempre y cuando reúna los siguientes requisitos:
- Estar de alta en la Seguridad Social antes del 1 de enero de 2021.
- Hallarse al corriente en sus obligaciones con Hacienda y Seguridad Social. Se prevé, no obstante, la regularización de sus obligaciones de pago en el momento de la solicitud.
Esta prestación tendrá una duración máxima de 4 meses, finalizando el último día del mes en que se acuerde el levantamiento de las medidas o, en todo caso, el 31 de mayo de 2021.
Por otro lado, nuestros mixtos que, no viéndose afectados por la suspensión de su actividad, pero, como consecuencia de las restricciones por COVID-19, han sufrido una reducción en sus ingresos, podrán acceder, a partir del día 28 de enero de 2021, a la prestación económica por cese de naturaleza extraordinaria, siempre que reúnan los siguientes requisitos:
- Estar dado de alta y al corriente en el pago de las cotizaciones antes del día 1 de abril de 2020. Si bien, el solicitante puede regularizar su situación de impagos con la Seguridad Social en el momento de la solicitud.
- No tener rendimientos netos procedentes de la actividad por cuenta propia en el primer trimestre de 2021 superiores a 6.650 euros.
- Acreditar en el primer semestre de 2021 unos ingresos de la actividad por cuenta propia inferiores a los habidos en el mismo periodo de 2020.
Esta prestación podrá comenzar a devengarse con efectos de 1 de febrero de 2021 y tendrá una duración máxima de 4 meses, siempre que la solicitud se presente no más tarde del 21 de febrero de 2021.
La cuantía de ambas prestaciones (tanto por suspensión de actividad, como por bajada de ingresos) será del 50% de la base mínima de cotización. La cuantía se reducirá hasta el 40% de la base de cotización en el caso en el que el beneficiario conviva con personas (unidas por razones de parentesco o afinidad) que también causen derecho a la prestación.
Los beneficiarios de las prestaciones por cese de actividad quedarán exonerados del pago de las cotizaciones sociales.
Para el caso de la prestación por cese por la bajada de ingresos, al tener que realizar una previsión inicial de ingresos en el momento de la solicitud, el beneficiario podrá devolver la prestación por iniciativa propia cuando considere que los ingresos percibidos durante el primer semestre de 2021, o la caída de la facturación en ese mismo periodo, superarán los umbrales y límites antes expuestos. Con ello evitaría sanciones e intereses.
Por último, también se ha aprobado la compatibilización de la prestación ordinaria por cese de actividad (art. 327 TRLGG) con el trabajo por cuenta ajena, siempre que el trabajador autónomo reúna los siguientes requisitos:
- Estar afiliado y en alta en la Seguridad Social.
- Tener cubierto el período mínimo de cotización por cese.
- No haber cumplido la edad ordinaria para la jubilación.
- Hallarse al corriente en el pago de las cuotas a la Seguridad Social, pudiéndose regularizar en el momento de la solicitud.
Además, el interesado habrá de acreditar en el primer semestre de 2021 una reducción de los ingresos por cuenta propia de más del 50% de los habidos en el segundo semestre de 2019; así como no haber obtenido durante el semestre indicado de 2021 unos rendimientos netos superiores a 7.980 euros.
Esta prestación, cuya cuantía será del 50% de la base mínima de cotización, puede ser compatible con el trabajo por cuenta ajena, siempre y cuando la suma de los ingresos netos procedentes del trabajo por cuenta propia y los ingresos del trabajo por cuenta ajena no supere 2,2 veces el SMI; y, en todo caso, los ingresos del trabajo por cuenta ajena no podrán superar 1,25 veces el SMI.
Desde esta asesoría jurídica estamos a tu disposición para cualquier aclaración al respecto, del mismo modo que te aconsejamos que acudas a tu gestor/asesor para una valoración individualizada del cumplimiento de los requisitos de la prestación en función de las particularidades de tu negocio.
SI ERES CLIENTE DE CAIXABANK, SOLICITA EN TU OFICINA LA TARJETA DE DEBITO SELAE
El titular del punto de venta puede solicitar una tarjeta de débito. El titular del contrato de la tarjeta es siempre SELAE.
Tiene por objetivo que los puntos de venta mixtos puedan disponer de importes elevados de efectivo a través de los cajeros automáticos para atender el pago de premios en metálico.
Es decir, no se puede usar para pagar en cualquier establecimiento comercial como el resto de las tarjetas de débito.
– De uso exclusivo en cajeros automáticos de Caixabank
– La operativa es a débito
– Permite disponer hasta de 5.000 € diarios
– Permite realizar ingresos en efectivo por cajero
– Sin comisión de mantenimiento
– En el Sorteo de Navidad: de forma excepcional y para las necesidades de efectivo de este sorteo, entre los días 23 y 27 de diciembre, el límite de disponibilidad máximo será de 36.000 € diarios.
SOLICITUD DE LA TARJETA
– Titular del contrato será SELAE y titular de la tarjeta será la persona física titular del punto de venta.
– Los puntos de venta deben solicitar la tarjeta a su oficina bancaria, la cual hará el trámite interno de petición a SELAE, facilitando los datos del titular y la cuenta de operaciones de Loterías que se quiere vincular a la tarjeta y la oficina de envío.
– El alta se genera de forma centralizada, no al criterio de la oficina. Las oficinas no pueden dar de alta directamente tarjetas
– Cuando las oficinas las recibe por aprobación de SELAE, si que procederán a la activación y entrega del número secreto.
Esperamos que esta información sea de tu interés
TONI CASTELLANO
Presidente de FENAMIX
En Sevilla, a 20 de noviembre de 2020
Estimados/as Presidentes/as:
Como sabéis, el pasado martes, día 17 de noviembre, y en mi calidad presidente de FENAMIX, tuve un encuentro en la sede de la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado (SELAE) con representantes de dicha entidad pública, entre los que se encontraban D. Jesús Mayoral, director de la red de ventas, D. Rogelio Menéndez, director del área financiera y D. Fernando Álvarez, director de desarrollo de negocio. El presidente de SELAE, D. Jesús Huerta, no asistió a dicha reunión, excusando su ausencia por un problema de salud. Además, en dicho encuentro estuvo representada ANAPAL, la asociación representativa de los puntos integrales, en la figura de su presidente, D. Josep Manuel Iborra.
Aprovechamos la ocasión para tratar de abordar las cuestiones planteadas a SELAE en nuestro escrito remitido el pasado mes de octubre, donde relacionábamos un elenco de reivindicaciones y/o propuestas tendentes a mejorar los intereses de nuestros puntos mixtos. En este sentido, se reseña, a continuación, lo más destacable del encuentro.
En lo que respecta a la subida de comisiones y al resto de aspectos de índole económica, nos informaron que desde Patrimonio de Estado se está valorando decididamente una subida de comisiones por objetivos, y se está estudiando la manera de llevar a cabo dicha subida. También se está tratando otros temas económicos planteados en nuestras peticiones (la eliminación del límite de pagos de premios; comisión club conmigo online…), aunque no hay ninguna novedad al respecto.
Por otro lado, desde SELAE nos informaron que no contemplan la posibilidad de implantar el pago con tarjeta de crédito sin costes, pues están apostando por el sistema de pago por BIZUM.
En lo que respecta a los juegos, lo único reseñable es la posibilidad de modificar “El millón” de Euromillones, de manera que el premio sea más repartido entre los apostantes. Se contempla dos escenarios: a) 10 premios de 100.000 euros cada uno; y b) 100 premios de 10.000 euros.
Por último, se comentó las nuevas restricciones a las comunicaciones comerciales y publicidad de las casas de apuestas y resto de operadores privados del juego, dada la última normativa aprobada en este sentido. SELAE, en cambio, como operadora del juego reservado (juego público), no cuenta con tantas restricciones en su publicidad y labores de promoción.
Como presidente de FENAMIX y, por ende, representante de la red complementaria de SELAE a nivel nacional, siento una profunda preocupación ante la falta de avance en las reivindicaciones más primordiales del colectivo. La Sociedad Estatal de Loterías está muy paralizada y el Estado español no parece amparar a nuestros puntos de venta.
Sin otro particular,
Recibid un afectuoso saludo.
Fdo. Toni Castellano
Presidente
AL SR. PRESIDENTE DE LA SOCIEDAD ESTATAL DE LOTERÍAS Y APUESTAS DEL ESTADO
En Madrid, a 11 de noviembre de 2020
Asunto: Medidas de cierre y limitación horaria en Andalucía. Discriminación entre integrales y mixtos.
Estimado Sr. Presidente:
Con ocasión de las medidas excepcionales aprobadas por la Junta de Andalucía para la contención de la pandemia del COVID-19, relativas a la suspensión y/o limitación horaria de la apertura al público de la hostelería y establecimientos minoristas en el territorio de Andalucía, y que han entrado en vigor en esta semana, observamos que los puntos integrales (al menos, en su amplia mayoría) permanecen abiertos más allá de las 18:00h.; a diferencia de la red de puntos mixtos, cuya amplia mayoría de puntos cierran en el referido límite horario (a excepción de los mixtos de la provincia de Granada con actividad principal de hostelería y restauración, que permanecen cerrados)
Estas circunstancias originan un trato discriminatorio en el seno de la Red Comercial de Loterías y Apuestas del Estado, en detrimento del colectivo de puntos mixtos, haciendo flaco favor a la economía de miles de familias que dependen del buen fin comercial de éstos.
Con todo, desde esta Federación le solicitamos, en su calidad de presidente de esta Sociedad Estatal, que trate de paliar la situación discriminatoria descrita en estas líneas, permitiendo a los puntos mixtos operar con el terminal de juegos sin restricción horaria, conminando a las autoridades competentes a que permitan dicha posibilidad sin incurrir en infracción administrativa alguna.
Además, como ya lo hemos puesto de manifiesto en escritos anteriores, solicitamos la apertura parcial de aquellos puntos mixtos cuya actividad principal haya quedado suspendido con arreglo a las medidas de contención adoptadas (hostelería y restauración en los territorios de grado 2 alerta 4), permitiéndose la comercialización de los juegos públicos con la debida separación con la actividad principal del establecimiento, que quedará clausurada.
Sin otro particular,
Reciba un cordial saludo.
Fdo. Toni Castellano
Presidente