Desde el pasado 14 de febrero de 2.012, cuando FENAMIX presentó ante Loterías y Apuestas del Estado una propuesta de mejora para la venta de Lotería Nacional por terminal, en la que pretendíamos lograr un mayor atractivo y una mejor visibilidad al actual resguardo, no hemos dejado de trabajar duro un sólo instante. El sacrificio y la constancia ha imperado en la filosofía de nuestra Federación durante todo este tiempo.
Por todo ello, hoy día 28 de septiembre de 2.015, es una fecha de vital importancia para todos nosotros. Hoy comienza en Madrid la prueba piloto, con ventas efectivas, de la nueva impresora que expenderá el novedoso formato de Lotería Nacional por el que tanto hemos luchado.
Estimados colaboradores,
Loterías y Apuestas del Estado, para dar respuesta a la creciente demanda de los clientes, decidió acometer un proyecto consistente en la mejora del resguardo de Lotería Nacional impreso por el terminal.
Como última fase de este proyecto, se va a realizar una prueba piloto en un número limitado de puntos de venta a partir del día 28 de septiembre de 2015. Por tanto, desde ese día se pondrán en circulación los nuevos resguardos que, en caso de resultar ganadores, se podrán presentar al cobro en su establecimiento.
Anverso
Reverso
Para imprimir este resguardo se necesita una impresora distinta y un papel en cuyo anverso vendrá estampada una vitola por resguardo que contendrá toda la información gráfica común y, sobre ella, se realizará la impresión de los datos específicos de cada resguardo de Lotería Nacional.
En cualquier caso, todos los puntos de venta en los que se presente al cobro un resguardo de este tipo deben darle el mismo tratamiento que a los resguardos actuales a la hora de hacer efectivos los premios correspondientes, en su caso.
Para cualquier información adicional puede dirigirse al Teléfono de Asistencia Permanente (TAP) 902 11 33 81.
Agradecemos su colaboración y aprovechamos para enviarle un cordial saludo.
Madrid 24 de septiembre de 2015
EL DIRECTOR DE OPERACIONES DE JUEGO
Jesús Mayoral Amaro
Estimado Socio:
Desde la Federación Nacional de Receptores Mixtos (FENAMIX) se procederá, en las próximas semana, a la presentación en su provincia de la nueva impresora que, conectada al terminal de SELAE, emitirá el nuevo resguardo de la Lotería Nacional, cuya imagen puedes visualizar al inicio de este correo.
Los costes de adquisición de dicha impresora para su instalación en el canal de venta de SELAE es por cuenta del Punto de Venta, ya que no es una herramienta obligatoria para la venta de la Lotería Nacional, pero estamos seguro de que su implantación supondrá una mejora en las ventas de este producto.
FENAMIX, ha creído conveniente intervenir en el proceso de compra y distribución de la impresora, interactuando con la empresa adjudicataria de la misma por SELAE, para garantizar la logística de suministro de la impresora y su instalación, lo antes posible, en los puntos interesados.
Precio de compra: 415,00 € + IVA, incluido el 1º y 2º año de mantenimiento obligatorio.
Precio mantenimiento obligatorio 3º y 4º año: 240,00 € + IVA.
Financiamos la compra a 10 meses, sin intereses.
SI ESTAS INTERESADO EN LA COMPRA DE ESTA IMPRESORA, ESCRÍBENOS A ESTE EMAIL, INDICANDO:
NOMBRE Y APELLIDOS
Nº RECEPTOR
PROVINCIA
TELÉFONO
¡TE LLAMAREMOS E INFORMAREMOS, PERSONALMENTE, DE TODO LO QUE QUIERES SABER!
INFORME JURÍDICO
TRANSMISIÓN TITULARIDAD
Con la entrada del régimen privado-mercantil en la reglamentación de los distintos puntos de venta Mixtos de la red comercial de la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado (SELAE), se otorga al gestor-receptor mixto el derecho a transmitir libremente su negocio a cualquier persona, tanto física como jurídica (sociedad).
Este derecho abarca tanto la transmisión inter-vivos, como la transmisión mortis-causa. Estamos ante una transmisión inter-vivos cuando el titular, en vida, cede libremente la titularidad de su negocio a favor de otra persona, a cambio de un precio cierto (establecido libremente por las partes). Por otro lado, la denominada transmisión mortis-causa tiene su fundamento en el fallecimiento del titular del punto de venta, el cual, vía sucesión/herencia, transmite su negocio a la persona nombrada expresamente en la “hoja de firmas” del contrato de Servicios de Gestión de Puntos de Venta (en adelante, contrato mercantil), normalmente sus sucesores legales, hijos, cónyuge, parientes, etc
- Transmisión inter-vivos:
Como venimos diciendo, desde que el régimen privado-mercantil comenzó a regular el régimen jurídico de los establecimientos mixtos de Loterías, se reconoce expresamente la libertad de transmisión o cesión de la titularidad del mismo. No obstante lo anterior, en el contrato mercantil, no se reconoce una libertad total y absoluta de transmisión, sino que la misma queda supeditada a la obtención de la correspondiente autorización administrativa por parte de SELAE. A estos efectos, el titular actual del punto de venta deberá dirigirse a la Delegación Comercial de su provincia para solicitar la transmisión de la titularidad del mismo a favor de otra persona. El futuro titular del negocio, reiteramos, podrá ser tanto una persona física, como una sociedad.
Desde Loterías y Apuestas del Estado, a los efectos de otorgar la preceptiva autorización administrativa, no se exigirá causa alguna motivadora de la cesión (como decimos, la cesión es libre), únicamente se limitarán a comprobar y verificar que la persona adquirente, y futuro gestor del negocio, cumple con los requisitos jurídicos y las condiciones físicas y funcionariales recogidas en la cláusula 3 del contrato mercantil. A saber:
- Disponibilidad y posesión del local donde se halla ubicado el establecimiento.
- Estar en posesión de las autorizaciones administrativas, fiscales, laborales y de seguridad social necesarias para operar el punto de venta
- Tener capacidad jurídica y de obrar
- Haber obtenido el gestor autorización por parte de LAE para la utilización de sus Signos Distintivos (que deberán ser únicos y perfectamente diferenciables de los del resto de miembros de la Red Externa y de los de LAE- sin que exista confusión-)
- El Punto de Venta (incluyendo Local, Personal, Materiales…) deben encontrarse en las condiciones adecuadas para la prestación del servicio de Gestión, disponiendo de los suministros (luz, agua, etc.) y los desechables (papelería, etc.) necesarios.
- No incluir en el Punto de Venta ningún elemento que pueda perjudicar a la imagen de LAE.
- El futuro titular deberá disponer, de manera obligatoria y a su costa, de una serie de garantías o avales, establecidas en el contrato mercantil (cláusula 3.4) a favor de LAE.
- Y, fundamentalmente, el adquirente del receptor mixto no debe ser titular (ni llevar a cabo el control o la explotación) de otro punto de venta de Loterías. A estos efectos, el futuro titular deberá declarar mediante escrito fehaciente que no dispone de la titularidad o gestión de otro punto de venta
Como ya hemos destacado anteriormente, uno de las condiciones esenciales para adquirir el negocio, desde el punto de venta del futuro titular, es la disponibilidad de local. En este sentido, el adquirente deberá aportar a SELAE el título jurídico (contrato alquiler, escrituras de propiedad, documento cesión, etc.), que garantiza dicha disponibilidad del local. En caso de disfrutar de su uso bajo régimen de arrendamiento, el mismo debe tener una duración de, al menos, cinco años y medio.
Por otro lado, con la cesión de la titularidad del negocio se deberá mantener, de un lado, la actividad principal del establecimiento y, por otro lado, el local donde se halla ubicado el mismo. Sin perjuicio de lo anterior, el adquirente, una vez adquirida de forma efectiva la condición de nuevo titular del negocio objeto de transmisión, podrá solicitar a SELAE tanto el cambio de actividad principal, como el traslado del negocio a otro local (cambio de emplazamiento). Todo ello resulta un proceso ilógico y lento, y, en este sentido, desde FENAMIX y así lo tiene solicitado en SELAE, se quiere lograr la unificación de procedimientos de manera que se pueda solicitar el cambio de titularidad y el traslado de local conjuntamente ,al igual que el cambio de actividad principal, todo ello en el mismo expediente que se tramita el cambio de titularidad.
- Transmisión mortis-causa:
En lo relativo a la transmisión mortis-causa del punto de venta Mixto, esto es, para cuando fallezca su titular, es aconsejable que el receptor, en vida, designe sucesor (sólo para Personas Físicas) del negocio en la correspondiente “hoja de firmas”, donde se habilita una cláusula para estos efectos. A falta de designación expresa de sucesor, advertimos que, en virtud de la cláusula 9.3 del contrato mercantil, SELAE podrá resolver unilateralmente el contrato, cerrando el punto de venta, si la falta de nombramiento expreso de sucesor originara una situación de interinidad que afectara a sus intereses. Si el Receptor Mixto no hizo esa designación expresa en la «hoja de firmas» y se produjese ese fallecimiento, entraría en funcionamiento el sistema de sucesión del Código Civil, en cuanto a la partición y adjudicación de la herencia del fallecido, siendo un bien del inventario de la herencia el punto de venta mixto. A los efectos anteriores, en esa partición de herencia, se tendrá en cuenta la voluntad del fallecido si otorgó testamento y, a falta de éste, lo que acuerden los herederos.
Asesoría Jurídica
FENAMIX
Durante muchos años ha estado, como Presidente, al frente de la Asociación de Receptores Mixtos de Pontevedra (ARPOMIXPO), demostrando su dedicación, buen hacer y trabajo a favor de nuestro colectivo.
Hoy todos los compañeros estamos tristes por su pérdida, pero siempre le recordaremos.
Manifestamos todo nuestro cariño y apoyo a su familia en estos momentos de tristeza para todos.
FENAMIX
NOTA: La misa de Sepelio será mañana 15 de agosto a las 18:00h en el tanatorio de Vigo, sito en la C/ Pereiro.
CIRCULAR
Modificación del Reglamento general sobre Inscripción de empresas y afiliaciones, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social
Estimado socio:
Le comunicamos que el Real Decreto 708/2015, de 24 de Julio, ha modificado el reglamento general sobre inscripción de empresas y afiliaciones, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social, introduciendo las siguientes modificaciones:
· Se establece la obligatoriedad de comunicación del código del convenio colectivo aplicable a las empresas y a sus trabajadores.
· Se reduce el plazo para la comunicación de las variaciones de datos de empresa, comunicación del cese temporal o definitivo de la empresa y solicitudes de baja o variación de datos de afiliación de los trabajadores, que pasa a ser de 3 días.
· El plazo para la conservación de los documentos referentes a la inscripción, la filiación y las altas, bajas y variaciones de datos se establece en 4 años.
Atentamente,
Francisco Campos.
ASESORÍA JURÍDICA
CIRCULAR
Bonificación para el trabajador autónomo con obligaciones familiares
Estimado socio:
La Ley 25/2015, de 28 de Julio, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social ha modificado la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo estableciendo una bonificación del 100 por cien para Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos por conciliación de la vida profesional y familiar vinculada a la contratación.
Los trabajadores autónomos tendrán derecho, por un plazo de hasta 12 meses, a una bonificación del 100 por cien de la cuota de autónomos por contingencias comunes que resulte de aplicar a la base media que tuviera en los últimos 12 meses a la fecha en la que se acoja a esta medida, el tipo mínimo de cotización vigente en cada momento establecido en el citado Régimen Especial en los supuestos establecidos por ley.
Los supuestos en los que procede la comentada bonificación son los siguientes:
a) Por cuidado de menores de 7 años que tengan a su cargo.
b) Por tener a su cargo un familiar, por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, en situación de dependencia, debidamente acreditada.
c) Por tener a su cargo un familiar, por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, con parálisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 por ciento.
Si su caso se enmarca en alguno de estos supuestos, indíquele al gestor de su negocio que efectúe los trámites necesarios para obtener dicha bonificación.
Atentamente,
Francisco Campos.
ASESORÍA JURÍDICA.
CIRCULAR
Modificación Ley 13/2011, 27 de mayo, de Regulación del Juego.
Estimado socio:
Por la presente, le comunicamos que el pasado día 29 de Julio se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) una modificación parcial de la Ley de regulación del Juego (Ley 13/2011), mediante la inclusión de una Disposición Transitoria, atinente al régimen sancionador aplicable a los puntos de ventas acogidos al régimen de derecho administrativo de la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado (SELAE).
Dicha modificación no afecta en absoluto a los puntos de ventas de nuestros asociados habida cuenta de que la totalidad de los mismos se encuentran acogidos al régimen privado-mercantil, afectando exclusivamente dicho régimen sancionador a aquellos administradores que, en su día, no se acogieron al régimen privado-mercantil permaneciendo actualmente bajo régimen administrativo.
Atentamente,
Francisco Campos.
ASESORÍA JURÍDICA.
Estimado socio:
Ponemos en su conocimiento las retenciones, a efectos de IRPF, que debe aplicar a las factura que emita o reciba, desde el 12 de Julio de 2015:
a) Retenciones sobre rendimientos derivados de alquiler de locales de negocio: 19,5 %.
b) Retenciones sobre rendimientos de actividades profesionales: 15 %.
Atentamente,
Francisco Campos
ASESORIA JURIDICA.
[download id=»27314″]
Últimamente y tras la firma del contrato mercantil con SELAE se están produciendo situaciones con graves repercusiones fiscales. Es habitual el traspaso del negocio a sociedades mercantiles y/o civiles, donde las participaciones no pertenecen 100% al titular de la actividad, incluyendo como socios a hijos.
Cuando se cede/traspasa un negocio, el cedente viene obligado a incluir en su declaración de la renta (IRPF) el incremento patrimonial producido, consistente en restar del valor de venta el valor de compra, aplicando a la ganancia producida un porcentaje de hasta el 24% (Se adjunta cuadro de porcentajes)
Veamos las distintas situaciones que pueden generarse:
1º Negocios qué pasan de persona física a jurídica como Sociedad Limitada Unipersonal.
En este caso y según consulta vinculante de la Dirección General de Tributos nº V2056 de fecha 14 de septiembre de 2011, considera que la ganancia patrimonial producida tiene carácter de diferido, señalando que esta se producirá, en el futuro, cuando se transmita a un tercero parte o todas las participaciones de Sociedad limitada Unipersonal.
Es decir, que en ése momento no se paga nada, pagándose en su caso, cuando se transmita a una tercera persona.
Sin embargo es requisito indispensable que la persona física que haga la aportación de un elemento patrimonial o de una rama de actividad, lleve su contabilidad de acuerdo con el Código de Comercio es decir: libro diario, mayor, balances, etc
2º Transmisión de participaciones «ínter vivos», en favor del cónyuge, descendientes o adoptados, de una empresa individual, un negocio profesional o de participaciones
En este supuesto, no se pagaría nada siempre que se den determinadas circunstancias y condiciones.
El artículo 33.3 de la Ley del IRPF en su apartado c) considera que no existe ganancia patrimonial con ocasión de las transmisiones lucrativas de empresas o participaciones a las que se refiere el artículo 20.6 de la Ley del Impuesto de Sucesiones o Donaciones. Este artículo se refiere a la transmisión intervivos de un negocio familiar estableciendo una bonificación del 95% en la cuota siempre que aparte de estar entre las empresas previstas en el artículo 4 de la Ley del Impuesto de Patrimonio se reúnan una serie de requisitos:
a) Que el donante sea mayor de 65 años o se encontrase en situación de incapacidad permanente, en grado de absoluta o gran invalidez
b) Que si el donante viniere ejerciendo funciones de dirección, dejara de ejercer y de percibir remuneraciones por el ejercicio de dichas funciones desde el momento de la transmisión. A estos efectos, no se entenderá comprendida entre las funciones de dirección la mera pertenencia al Consejo de Administración de la sociedad
c) y que el donatario mantenga el negocio adquirido, con el requisito de exención en el Impuesto de Patrimonio, durante al menos 10 años, salvo que falleciera dentro de este plazo Asimismo, el donatario no podrá realizar actos de disposición y operaciones societarias que, directa o indirectamente, puedan dar lugar a una minoración sustancial del valor de la adquisición. Es decir, están exentos de este impuesto los bienes y derechos de las personas físicas necesarios para el desarrollo de su actividad empresarial o profesional, siempre que ésta se ejerza de forma habitual, personal y directa por el sujeto pasivo y constituya su principal fuente de renta.
En resumen sólo en el caso de que se los requisitos establecidos anteriormente, la transmisión a familiares tendría una bonificación del 95 % en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones y además no generaría una ganancia patrimonial a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. En el caso de no cumplirse los requisitos a que se refiere el presente apartado, deberá pagarse la parte el impuesto que se hubiere dejado de ingresar como consecuencia de la reducción practicada y los intereses de demora.
Consultas vinculante nº V0793/2007 de fecha 17 de abril de 2007, de la Dirección General de Tributos del Ministerio de Economía y Hacienda, nº V2056-11, V0817/12 de 18/04/2012,
Base imponible del ahorro Tipo impositivo
2014 2015 2016
Hasta 6.000 euros 21% 20% 19%
6.000 euros – 24.000 euros 25% 22% 21%
24.000 euros – 50.000 euros 27% 22% 21%
50.000 euros – En adelante 27% 24% 23%
Asesoría Jurídica
FENAMIX
El domingo 21 de junio tuvo lugar en los salones del Hotel Louxo La Toja, la XVIII Asamblea General Ordinaria de la Asociación de Receptores Mixtos de Pontevedra (ARPOMIX), a la que asistieron especialmente invitados D. Juan Antonio Castellano y D. Pep Vallori, Presidente y Secretario, respectivamente, de la Federación Nacional de Receptores Mixtos (FENAMIX).
La Asamblea estuvo conducida por Dª Consuelo Millán, Vicepresidenta de la Asociación, en sustitución de D. Avelino Reimondez que por razones de salud se encuentra hospitalizado y al que se le brindó un caluroso aplauso por los presentes con el deseo de una rápida recuperación.
Tras la lectura del acto de la sesión anterior, el Informe de Gestión, el Balance de situación y el Presupuesto para el Ejercicio 2015, todo ello aprobado por unanimidad. Se pasó a desarrollar por la Sra. Millán Bermúdez el Informe de Gestión de la Asociación, resaltando el alto grado de solidaridad y organización de los afiliados y la unidad del colectivo de la Provincia en la defensa de los derechos y reivindicaciones de la actividad de receptor mixto.
A continuación intervino D. Juan Antonio Castellano quien, en primer lugar, agradeció la invitación y el trato dispensado por los compañeros pontevedreses, cuya Asociación es una de las más consolidadas y robustas de la Federación.
El Sr. Castellano Sanz recordó el gran éxito del II Congreso Nacional de Receptores Mixtos celebrado los días 7 y 8 de marzo en Madrid y que ha supuesto la definitiva consagración de nuestra Federación Nacional. También se refirió a los últimos acontecimientos relacionados con nuestra actividad, destacando la campaña de recogida de firmas contra el gravamen del 20 % de los premios de las loterías, y su entrega en el Ministerio de Hacienda.
Con respecto a las recientes actuaciones llevadas a cabo y los objetivos de futuro que se estaban perfilando, el Sr. Castellano informó de que se había producido varios encuentros de la Comisión Mixta, el último el pasado 26 de mayo, en el que se abordaron temas de gran interés para el futuro de la red comercial:
Nuevo programa de premios del sábado SELAE en Lotería Nacional: Debido al buen comportamiento del cambio en el programa de premios en los sorteos de los jueves, SELAE presentó el nuevo programa de premios de la Lotería Nacional del sábado, que entraría en vigor el 5 de septiembre, eliminando el premio especial e incrementando las pedreas. Con esta modificación más del 40 % de los décimos serían premiados.
– Mejoras Apuestas Deportivas Temporada 2015/2016: SELAE informó sobre algunos cambios que se introducirían en las Apuestas Deportivas en la próxima temporada que tienen como objetivo revitalizar las ventas. Para ello se efectuarán diversas actuaciones y medidas:
* Incrementar el precio de la Quiniela a 0,75 € en la temporada 2015/2016.
* Reducir al 7.5% el porcentaje destinado al P15 e incrementar hasta el 16,5% el del 14 en la temporada 2015/2016.
* Aumentar la promoción de la Quiniela de una manera efectiva seleccionando momento medio y mensaje.
* Comercializar el Quinigol de forma continuada a partir de la jornada del sábado 20 de junio, con partidos de competiciones internacionales, otras ligas, etc…
* Nuevo resguardo de Quinigol incluyendo nombres de los equipos
y pronósticos.
* Aumento de jornadas para próxima temporada, siempre que haya
competiciones de suficiente interés.
* Introducción del nuevo juego QuiniTres, al inicio de la segunda
vuelta de liga BBVA o como muy tarde para la EUROCOPA
2016.
Para terminar, y como tema más destacado, Juan Antonio Castellano informó de que la tan deseada impresora se pondrá a disposición de los puntos de venta próximamente para imprimir los resguardos de la Lotería Nacional. Por parte de SELAE se ha mostrado el diseño del nuevo resguardo explicando los diferentes campos.
Posiblemente sobre el mes de octubre se podrá vender con esta impresora.
A la vista de estas novedades, fundamentalmente la referida a la impresora, los asistentes entablaron un animado debate sobre los beneficios que esta herramienta iba a producir en el incremento de las ventas.
La Asamblea terminó con un agradable aperitivo y una comida de Hermandad para todos los asistentes.
El sábado 13 de junio tuvo lugar en los salones del Hotel Ibería de Las Palmas de Gran Canarias, la Asamblea General de la Asociación de Receptores Mixtos de Las Palmas (A.P.I.R.T.C.O.), contando con la presencia de D. Juan Antonio Castellano, Presidente de FENAMIX y D. Jesús Martín Pérez, Asesor Jurídico de la Federación. Igualmente asistió como invitado D. Mauro Germinario, Presidente de la Asociación de Tenerife y vocal de la Junta Directiva de FENAMIX.
Tras la lectura del acta de la sesión anterior, efectuada por la Sra. Secretaria Dª Carmen Cabral, y las cuentas de la Asociación, ambos puntos aprobados por unanimidad, se pasó a desarrollar el Informe de la Presidencia. En este sentido, D. Pedro A. González agradeció a los compañeros su presencia, así como a los representantes de FENAMIX que se habían desplazado desde la península.
El Sr. González García trasladó a los presentes la necesidad de reforzar la unidad del colectivo a la vista de los proyectos que SELAE estaba desarrollando y de cara a conseguir mejoras para nuestra actividad. También se refirió al éxito del II Congreso FENAMIX celebrado el pasado mes de marzo, al que asistieron varios asociados de Las Palmas.
A continuación, tomó la palabra D. Juan Antonio Castellano Sanz, Presidente de FENAMIX, quien en primer lugar agradeció la invitación y el trato que estaba recibiendo de los compañeros canarios, cuya Asociación destacaba por su fortaleza y organización.
Con respecto a las recientes actuaciones llevadas a cabo y los objetivos de futuro que se estaban perfilando, el Sr. Castellano Sanz dio cuenta de las diversas reuniones mantenidas con la Presidenta de SELAE, Dª Inmaculada Martínez, y distintos cargos de la sociedad estatal, con los que existe una buena relación y un trato fluido y constante que ayudaba a solucionar los problemas del día a día.
Se habían producido varios encuentros de la Comisión Mixta, el último el pasado 26 de mayo, en el que se abordaron temas de gran interés para el futuro de la red comercial:
Nuevos servicios a la red comercial: posibilidades de que todos los puntos de venta puedan ofrecer la venta online a través de su página web, con un enlace a la web oficial de SELAE, generando la correspondiente comisión para el punto de venta. Tendrá carácter voluntario.
Club Conmigo Online: Partiendo del hecho de la venta de todos los juegos, incluido la Lotería Nacional, a través de la web de SELAE, se pretende dinamizar el “Club Conmigo Online” para que los puntos de venta puedan recibir la comisión de cada compra que se produzca, bien a través de su web propia con enlace, o bien a través de la elección por el número de su punto de venta al realizar la operación online.
Juan Antonio Castellano informó que con respecto a estos dos puntos, FENAMIX planteó numerosas objeciones pues entendía que al final lo que se estaría haciendo es trabajar para SELAE, que se aprovecharía de nuestros clientes a los que reconduciríamos a su portal.
Nuevo programa de premios del sábado SELAE en Lotería Nacional: Debido al buen comportamiento del cambio en el programa de premios en los sorteos de los jueves, SELAE presentó el nuevo programa de premios de la Lotería Nacional del sábado, que entraría en vigor el 5 de septiembre, eliminando el premio especial e incrementando las pedreas. Con esta modificación más del 40 % de los décimos serían premiados.
Mejoras Apuestas Deportivas Temporada 2015/2016: SELAE informó sobre algunos cambios que se introducirían en las Apuestas Deportivas en la próxima temporada que tienen como objetivo revitalizar las ventas. Para ello se efectuarán diversas actuaciones y medidas.
* Incrementar el precio de la Quiniela a 0,75 € en la temporada 2015/2016.
* Reducir al 7.5% el porcentaje destinado al P15 e incrementar hasta el 16,5% el del 14 en la temporada 2015/2016.
* Aumentar la promoción de la Quiniela de una manera efectiva seleccionando momento medio y mensaje.
* Comercializar el Quinigol de forma continuada a partir de la jornada del sábado 20 de junio, con partidos de competiciones internacionales, otras ligas, etc…
* Nuevo resguardo de Quinigol incluyendo nombres de los equipos
y pronósticos.
* Aumento de jornadas para próxima temporada, siempre que haya
competiciones de suficiente interés.
* Introducción del nuevo juego QuiniTres, al inicio de la segunda
vuelta de liga BBVA o como muy tarde para la EUROCOPA
2016.
Para terminar, y como tema más destacado, Juan Antonio Castellano informó de que la tan deseada impresora se pondrá a disposición de los puntos de venta próximamente para imprimir los resguardos de la Lotería Nacional. Por parte de SELAE ya se había mostrado el diseño del nuevo resguardo explicando los diferentes campos.
Posiblemente sobre el mes de octubre se podrá vender la Lotería Nacional con esta impresora.
El precio de la misma sería de 415 euros más IVA y estamos debatiendo la posibilidad de vender a través de nuestra Federación. Además, se esta estudiando la posible financiación de la adquisición de la impresora, con una entidad bancaria. En este mismo sentido, Mauro Germinario, Presidente de la Asociación de Tenerife, ya había estado hablando con La Caixa.
A la vista de estas novedades, fundamentalmente la referida a la impresora, los asistentes entablaron un animado debate sobre los beneficios que esta herramienta iba a producir en el incremento de las ventas.
Seguidamente se procedió a la elección de la nueva Junta Directiva de la Asociación, que quedó constituida por jóvenes compañeras y compañeros, con ganas de trabajar para fortalecer la Asociación y gestionar su futuro en intima unidad con FENAMIX.
PRESIDENTE: Don Pedro A. González García
VICEPRESIDENTE: Don Josué Quintana Bautista
TESORERO: Don Efrén Jiménez Hdez.
SECRETARIA: Dña. Lidia Esther Montesdeoca Ceballos
VOCAL PRINCIPAL por la Isla de Lanzarote: Don Luis Miguel Brito Hdez.
VOCAL PRINCIPAL por la Isla de Fuerteventura: Don Alcorác Camino Carmona
VOCALES:
Dña. Rosa Rivero Martín
Don Pedro Mireles García
Don Manuel García Benítez
Tras la toma de posesión de los nuevos miembros de la Junta Directiva, se procedió a dispensar un emocionado homenaje a Dª. Carmen Cabral, Vicepresidenta y Secretaria de A.P.I.R.T.C.O., que había decidido transmitir la titularidad de su despacho receptor por razones profesionales y familiares y, en consecuencia, dejaba los cargos representativos que ostentaba en la Asociación.
Cabe destacar que la Sra. Cabral antes de dejar la Junta Directiva, ha diseñado la nueva imagen corporativa de la Asociación y la ha donado a esta. Imagen corporativa que fue presentada antes del inicio de la Asamblea, contando con la aprobación unánime de los asistentes por su originalidad.
Con muestras de cariño y reconocimiento a su entregada labor en beneficio del colectivo mixto, se le entregó un obsequio que esta agradeció muy emocionada, siendo muy aplaudida por los asistentes.
El acto concluyó con una cena de hermandad donde, de forma más distendida, se abordaron diversos asuntos de interés sobre nuestra actividad.