Tras más de un año de debates, el Congreso ha dado luz verde a la reforma de la Ley Concursal. Con el nuevo texto, los autónomos podrán acceder a exoneraciones de hasta 20.000 euros en sus deudas con Hacienda y la Seguridad Social.
En unos meses, los autónomos que se vean obligados a abrir un concurso de acreedores podrán hacerlo a través de un procedimiento específicamente diseñado para ellos y con la posibilidad de acceder a exoneraciones de hasta 20.000 euros en sus deudas públicas (10.000 con Hacienda y 10.000 con Seguridad Social) bajo el principio de la Segunda Oportunidad. El Congreso de los Diputados acaba de dar luz verde a la reforma de la Ley Concursal, que incluye una serie de importantes novedades y mejoras en la celebración de concursos de acreedores, si bien todas ellas no entrarán en vigor a la misma vez. Además, los expertos siguen advirtiendo que la nueva ley no frenará la avalancha de concursos que se avecina para septiembre.
Tras más de un año de debates, la modificación de la Ley Concursal para la transposición de directiva europea 2019/1023, en materia de insolvencia, ha visto la luz. La sesión plenaria extraordinaria del pasado jueves 25 de agosto rechazó las enmiendas introducidas por el Senado en su proceso parlamentario y dio el visto bueno a un extenso texto de 146 páginas. Que no tardará de ser publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
La norma supone un antes y un después en los concursos de acreedores, especialmente para aquellos que son iniciados por autónomos y personas físicas. El Consejo General de Economistas de España (CGE) valora positivamente la nueva ley. En un comunicado emitido por la entidad, su presidente, Valentín Pich, felicita la puesta en marcha de la norma ya que, a su modo de ver, “dará un gran impulso a los planes de reestructuración para tratar de evitar así el mayor número posible de liquidaciones”.
Principales novedades de la futura ley Concursal
El nuevo texto normativo reúne una serie de novedades y cambios en el procedimiento concursal. Los expertos del Consejo General de Economistas de España (CGE) destacan aquellos, concretamente tres, que más afectan e interesan a los autónomos:
1.- Un procedimiento concursal específico para autónomos
Una de las novedades de la nueva Ley concursal, y tal vez la más importante para los trabajadores por cuenta propia, es la puesta en marcha de un nuevo procedimiento concursal específico para ellos. En concreto, se trata de un procedimiento de insolvencia pensado para negocios de menos de 10 empleados, que se realizará a través de un test digital y que el empresario deberá autocompletar.
Se trata de una nueva herramienta que fue duramente criticada, porque se dejaba en manos de profesionales no formados en materia concursal la reestructuración de la deuda. Sin embargo, como reconocieron los economistas, el texto que se publicará limitará el número pequeños negocios que pueden acceder a esta opción y se dejará, como recoge el texto, para las actividades que tengan un volumen de negocio inferior a 600.000 euros o un pasivo inferior a 350.000 euros. Los detalles de este procedimiento aún no se conocen al detalle, pues falta la publicación de un reglamento.
2.- Exoneraciones de deudas con Hacienda y Seguridad Social hasta 20.000 euros.
A través del nuevo procedimiento concursal, los trabajadores por cuenta propia podrán acceder a una condonación de deuda pública de hasta 20.000 euros: 10.000 euros para las cuentas pendientes con Seguridad Social y 10.000 para las cuentas pendientes con Hacienda.
Una importante novedad por dos razones, la primera, porque hasta la fecha la única forma de conseguir una exoneración de crédito público es acudiendo a juicio (se han conseguido de hecho exoneraciones muy llamativas que alcanzan hasta el millón de euros). Y dos, porque el texto inicial recogía sólo 2.000 euros de quitas, 1.000 euros por cada entidad pública.
Cifras que fueron catalogadas, por diferentes expertos a este diario digital, como irrisorias. Si bien, el texto inicial fue reformado en su proceso parlamentario y se consiguió una sustancial mejora de la cifra, pasando de 2.000 euros a 20.000 euros la deuda pública condonada.
3.- Nuevos planes de reestructuración de deuda
La transposición de la directiva europea 2019/1023, exigía a España adoptar herramientas para detectar la insolvencia antes de que fuese demasiado tarde y el negocio acabase en liquidación. Para ello, el Gobierno ha desarrollado “los denominados planes de reestructuración, un instrumento preconcursal dirigido a evitar la insolvencia, o a superarla, que posibilita una actuación en un estadio de dificultades previo al de los vigentes instrumentos preconcursales, sin el estigma asociado al concurso y con características que incrementan su eficacia”, como recoge el documento del Proyecto de Ley que verá la luz próximamente.
Según justifica la norma “su introducción incentivará una reestructuración más temprana, y por tanto con mayores probabilidades de éxito, y contribuirá a la descongestión de los juzgados y por tanto a una mayor eficiencia del concurso. En efecto, las empresas podrán acogerse a los planes de reestructuración en una situación de probabilidad de insolvencia, previa a la insolvencia inminente que se exige para poder recurrir a los actuales instrumentos”.
Las fases de la entrada en vigor de la nueva Ley Concursal
A pesar de las múltiples novedades que presenta la nueva Ley Concursal, no todas ellas entrarán en vigor a la vez. Desde el Consejo General de Economistas de España (CGE) estiman que la norma será publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el próximo mes de septiembre. “Sin embargo, la Ley no entrará en vigor hasta 20 días después de su publicación” dijo el experto y técnico del Registro de Economistas Forenses (REFOR), dependiente del Consejo General de Economistas, Alberto Velasco.
Velasco incidió en que la reforma de la Ley Concursal está divida en diferentes «fases». Y, por tanto, todavía se tardará un tiempo en ver el funcionamiento de sus principales novedades. “Por ejemplo, el procedimiento específico concursal para autónomos y microempresas no entrará en vigor hasta 2023” dijo. Según comentó aún falta todo el desarrollo reglamentario de esta pata de la reforma, pues se desconocen aún cómo serán esos test que deberá completar el empresario.
El experto y técnico del REFOR indicó que tampoco estará listo para septiembre todo el procedimiento de alertas tempranas, entre otras cuestiones. Habrá que esperar a conocer el texto publicado en el BOE para conocer todos los detalles.
La norma no frenará el aluvión de concursos en septiembre
Septiembre será convulso. Todas las previsiones dicen que será a partir de ese mes cuando todos los negocios que estaban sujetos a la moratoria concursal, que finalizó el pasado 30 de junio y que no tenían la obligación de declararse en concurso, abran el procedimiento. Y todo parece indicar que la avalancha prevista se seguirá produciendo a pesar de la validación de la nueva Ley Concursal.
El Registro de Economistas Forenses (REFOR) ha llevado a cabo una comparación de los concursos iniciados por autónomos y personas físicas antes y después de la pandemia. Y ha confirmado no sólo su tendencia al alza, sino que han constatado que se han multiplicado por siete entre 2019 y 2022.
Así, mientras que en el segundo trimestre de 2019 el número de autónomo que abrió un concurso de acreedores fue 112, en el segundo trimestre de 2022 el dato se ha elevado hasta 746. Los economistas forenses prevén que la cifra siga creciendo durante este invierno.
Fuente: autonomosyemprendedor.es