(Orden de 21 de Julio de 2022 del Ministerio de Cultura y Deporte -BOE Nº 177 de 21-7-22)
* BENEFICIARIOS: Personas jóvenes que cumplan 18 años en 2022, de nacionalidad española y residencia legal en España.
* CUANTIA: 400€ que se abonará en tarjeta prepago personalizada al beneficiario.
* DESTINO: Adquisición de los siguientes productos, servicios y actividades culturales:
-Entradas y abonos para artes escénicas, música en directo, cine, museos, bienes integrantes del patrimonio histórico español, bibliotecas, festivales, exposiciones, etc . Límite de hasta 200€ por beneficiario.
-En soporte físico de libros, revistas, prensa, videojuegos, partituras musicales, discos vinilo, CD, DVD, etc. Límite hasta 100€ por beneficiario.
-Consumo digital o en línea: suscripciones a plataformas musicales, de lectura, audiovisuales, descarga archivos multimedia, suscripciones videojuegos en la nube o en línea, prensa y publicaciones digitales, etc. Límite hasta 100€ por beneficiario.
* PLAZO SOLICITUD: Hasta el 15 de octubre de 2022 en BONO CULTURAL JOVEN
EMPRESAS COLABORADORAS: SI TU ACTIVIDAD PRINCIPAL comercializa alguno de los productos a los que va dirigido el BONO CULTURAL JOVEN para que los beneficiarios puedan comprar esos productos en tu establecimiento, debes registrarte como EMPRESA ADHERIDA en Ministerio de Cultura y Deporte: https://entidades-adheridas.
ASESORIA JURIDICA
FENAMIX